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Plazo hasta el 30 de abril para declarar el ISR ante el Ministerio de Hacienda

Personas permanecen en el ministerio de hacienda realizando tramites consernietes a la declaraci—n del impuesto a la renta. foto: Oscar Mira.

Los contribuyentes obligados a declarar el Impuesto sobre la Renta (ISR) tienen hasta el 30 de abril próximo para cumplir con esta obligación ante el Ministerio de Hacienda.

Cada año, el Ministerio de Hacienda habilita su portal digital para realizar la declaración completamente en línea donde los contribuyentes con saldo pendiente pueden realizar la transferencia o programar pagos.

La información en el portal debe coincidir con la constancia que entregan el empleador de los ingresos y las deducciones (AFP, ISSS y renta), aunque el contribuyente puede modificar la información si ha tenido un ingreso adicional que no pasó por un control fiscal.


– ¿Quiénes están obligados a declarar?

La ley establece tramos del porcentaje de renta para las personas naturales y jurídicas a partir de los ingresos anuales.

Tramos aplicables para el pago de la renta. Por ejemplo, si su ingreso anual es de $4,064 (cerca de $338 mensuales) no es sujeto a retención de renta. En cambio, para los que tienen ingresos de hasta $9,142.86 ($761 mensuales) deben pagar un 10 % en ISR.

– ¿Qué ingresos debe declarar el contribuyente?

Los contribuyentes deben declarar todos los ingresos obtenidos por utilidades, efectivo o provenientes de cualquier fuente como el trabajo, actividad comercial o inversiones de capital.

-Deducciones

La ley permite las deducciones por hasta $800 en gastos médicos y $800 por gastos de educación, así como cuando un negocio tiene renta diversa.

– ¿Cuánto tiempo se debe guardar las facturas médicas y de estudios?

Para que usted pueda aplicar la deducción tiene que tener las facturas para evitar futuros problemas con Hacienda.
El artículo 33 de la Ley de Impuesto sobre la Renta establece que las personas naturales deben conservar las facturas por gastos médicos y de educación por un período de seis años, mientras que a los contribuyentes con rentas diversas se recomienda mantenerlas por 10 años.

– ¿Si alquilo vivienda puedo deducir ese gasto?

Es deducible el precio del arrendamiento de los bienes muebles o inmuebles utilizados en la producción de ingresos gravables con el ISR. Sin embargo, no aplica para las cantidades invertidas en arrendamiento de vivienda para el uso personal del contribuyente, según el artículo 29 de la ley.

– ¿Qué pasa si debo declarar y no lo hago?

No presentar la declaración de ISR es sancionado con una multa equivalente al 40 % del impuesto que se determine, la que en ningún caso podrá ser inferior a un salario mínimo mensual.

Además, el contribuyente podría tener el estado de insolvencia y, en consecuencia, no podría realizar ciertos actos para los cuales la solvencia tributaria es requerida.


– ¿Puedo pagar a plazos si me sale con saldo a pagar?

Sí, el artículo 74 de la ley habilita la concesión de prórrogas y facilidades diferidos para el pago del ISR.

Los contribuyentes pueden solicitar los plazos ante la Dirección General de Tesorería, del Ministerio de Hacienda, en el mismo portal donde declare y establecer su cronograma de pagos.

La solicitud de pago a plazo procederá únicamente sobre el 90 % del valor determinado a pagar, excepto para los asalariados que podrán solicitar plazo sobre el total del impuesto a pagar.

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