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Salvadoreños tendrán 11 días de asueto remunerado en 2025

En 2025, los salvadoreños disfrutarán de al menos 11 días de asueto remunerado, según las fechas establecidas en el Código de Trabajo. Estas pausas laborales incluirán feriados nacionales y religiosos, ofreciendo momentos para descansar y celebrar tradiciones.

Fechas de asuetos programados:

  1. 1 de enero (miércoles): Año Nuevo.
  2. Semana Santa (13 al 19 de abril): Los días de asueto serán el 17, 18 y 19 de abril (jueves, viernes y sábado).
  3. 1 de mayo (jueves): Día del Trabajador.
  4. 10 de mayo (sábado): Día de la Madre.
  5. 17 de junio (martes): Día del Padre.
  6. 6 de agosto (miércoles): Fiestas Patronales de San Salvador.
  7. 15 de septiembre (lunes): Día de la Independencia.
  8. 2 de noviembre (domingo): Día de los Fieles Difuntos.
  9. 25 de diciembre (jueves): Navidad.

Vacaciones Agostinas:

Los trabajadores del sector privado en el Distrito de San Salvador también tendrán derecho a días adicionales de asueto remunerado:

Remuneración y derechos laborales

De acuerdo con el Código de Trabajo, los días de asueto deben ser remunerados con salario básico. Si un empleado trabaja durante uno de estos días, por «común acuerdo» con su empleador, tiene derecho a un salario extraordinario, que incluye el sueldo ordinario más un recargo del 100 %.

El artículo 190 del Código también permite que los diputados de la Asamblea Legislativa decreten días adicionales de asueto por celebraciones especiales. Sin embargo, en 2025 no se prevén elecciones ni eventos de gran magnitud que puedan modificar el calendario.

Este calendario laboral brinda a los salvadoreños la oportunidad de equilibrar el trabajo con el descanso, promoviendo el disfrute de las tradiciones nacionales.

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