Una reciente reforma aprobada por la Asamblea Legislativa de El Salvador ha simplificado los requisitos de identificación para las transacciones comerciales en el país. Los comercios ya no estarán obligados a exigir una identificación para compras o transacciones por montos iguales o superiores a $25,000, como lo establecía anteriormente el Código Tributario.
Anteriormente, el código requería que se presentara una identificación, como el Documento Único de Identidad (DUI) o pasaporte, para compras que superaran los $200. Sin embargo, esta medida ha sido ampliamente criticada por su incomodidad, especialmente para turistas que no siempre llevan consigo dicha documentación.
El Ministro de Hacienda, Jerson Posada, explicó en una entrevista con el canal estatal que esta disposición anterior causaba molestias innecesarias y tenía poco sentido, especialmente en un contexto donde el turismo está en aumento. La reforma elimina este requisito para transacciones de menor escala, reduciendo la burocracia y simplificando el proceso de compra.
Para compras que excedan los $25,000, se seguirá exigiendo una identificación, así como la emisión triplicada de la factura, con detalles específicos del adquirente o prestatario del servicio. Se requiere la identificación tanto para operaciones individuales como para transacciones múltiples realizadas por la misma persona en un solo día o dentro de un período de 10 días calendario.
Esta medida busca agilizar los procesos comerciales y facilitar la experiencia de compra tanto para los residentes como para los visitantes extranjeros, al tiempo que se mantienen los controles necesarios para la administración tributaria.